Mecanismo de solución de controversias relativo al nombre de dominio .AO
Código de país / territorio | .AO |
Nombre del país / territorio | Angola |
Entidad registradora | |
Acuerdo de Registro (adoptado por la autoridad registradora) | |
Whois | |
Política aplicable a la controversia (adoptada por la autoridad registradora) | Variante UDRP |
Normas de procedimiento (adoptadas por la autoridad registradora) | Variante UDRP |
Presentación de demandas o contestaciones ante la OMPI | Variante UDRP |
Resoluciones |
Nota:
El Centro de Arbitraje y Mediación de la OMPI sólo provee servicio de resolución de disputas de nombres de dominio para los sub-dominios .co.ao y .it.ao.
Diferencias relevantes entre el procedimiento para .co.ao y .it.ao y la Política uniforme de solución de controversias en materia de nombres de dominio (UDRP) incluye lo siguiente:
- Bajo el procedimiento para .co.ao y .it.ao, es suficiente probar que el registro o uso del nombre de dominio por el registrante ha ocurrido en mala fe, mientras que la UDRP requiere al Demandante probar ambos elementos.